Calica tramitó cuatro nuevas demandas de amparo contra posibles inspecciones programadas por dependencias federales en su zona de extracción de material pétreo y el puerto de Punta Venado, las cuales se mantienen clausuradas.

De acuerdo con expedientes consultados, a Calica le fueron admitidas estas demandas de amparo indirecto en juzgados federales de Cancún este miércoles.

Se trata de recursos contra diversas actas de inspección emitidas hace unos días por la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) y la Dirección General de Impacto Ambiental y Zona Federal Marítimo Terrestre de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat).

Algunas de las actas de inspección son identificadas con los folios: PFPA/4.1/2C.27.5/0041/2024 y otra PFPA/4.1/2C.27.4/022/2024, con las cuales las diversas dependencias realizarán nuevos actos administrativos contra el particular, que se sumarán a las intervenciones con clausura de mayo de 2022 y enero de 2018.

Tras la emisión de dichos documentos de advertencias de verificaciones, la filial de la estadounidense Vulcan Materials Company tramitó los nuevos amparos.

Dos de ellos recayeron en el Juzgado Quinto de Distrito, bajo los números de expedientes 657/2024 y 658/2024; los otros dos en el Juzgado Séptimo de Distrito identificados con los números de expediente 589/2024 y 590/2024.

Según estos documentos, Calica solicitó en la admisión la suspensión provisional de los actos que buscan ejecutar las dependencias del Gobierno Federal; no obstante, los jueces federales les negaron las medidas cautelares porque aún no se materializan, además de otras situaciones legales.

“Proceder de la manera en que se pide implicaría la paralización de un procedimiento administrativo (…) tiene como objetivo determinar si en el inmueble inspeccionado se generan daños al medio ambiente; por tanto, conceder la medida cautelar iría en contra de disposiciones de orden público (…) se niega la suspensión solicitada toda vez que se trata de un acto futuro e incierto y no de realización inminente o consecuencia necesaria de la práctica de la visita de inspección realizada”, se lee en el resolutivo que emitió el Juzgado Quinto de Distrito.